PALMA.- La Audiencia Provincial de Palma ha condenado
a los herederos de quien fuera máximo accionista de la Policlínica
Miramar, Miquel Dalmau -ya fallecido-, a devolver un total de 40.997
euros más intereses a la Agrupación Médica Balear (Ameba) -gestora del
centro sanitario-, parte de los cuales (1.188 euros) Dalmau destinó a
pagar recibos del IBI mientras que el resto (39.808 euros) lo desvió en
forma de transferencias a una de sus mercantiles, justificándolas con
facturas ficticias que no respondían a contraprestación alguna.
La sentencia extiende
esta obligación indemnizatoria a los herederos de Dalmau por afectar al
patrimonio personal de éste, después de que en primera instancia
únicamente fuese condenada la mercantil Midaldía, a cuyas cuentas
corrientes el expresidente del Consejo de Administración de Ameba
transfería los importes, obteniendo de este modo liquidez "fraudulenta a
costa del patrimonio" de esta entidad médica.
Según la resolución de la Sección Cuarta, se trataba de un 'modus
operandi' que, lejos de ser "el propio de una relación normal entre
empresas y profesionales", era una práctica a todas luces ajena al
ámbito empresarial" por cuanto Dalmau "daba las órdenes pertinentes al
objeto de que se desviaran fondos de Ameba para fines privativos".
De hecho, la Agrupación Médica Balear, demandante en este proceso y
representada por el letrado Juan Camacho, del Bufete Coca, apuntaba
cómo Dalmau tenía "interiorizado" que Ameba era su "cortijo y hacía y
deshacía a su antojo sin encomendarse a nadie, con un manifiesto
desprecio a los accionistas minoritarios de la sociedad".
En su sentencia, la Sala señala en esta línea que Dalmau utilizaba
medios personales, materiales y patrimoniales de Ameba en favor de
otras entidades distintas, de ahí que cuando vendió el grueso de sus
acciones en Ameba a Inversiones Grupo Miralles, se llevó consigo la
documentación relacionada con sus sociedades particulares. Más en
concreto, apunta a la "clamorosa" ausencia de toda documentación
contable del Consorcio Sanitario Balear (Consaba) y de Midaldía.
En este sentido, los demandantes señalaban que cuando Dalmau tenía
que pagar deudas particulares, suyas o de Midaldía, y no existía saldo
en su cuenta corriente, ordenaba al contable de Ameba que le entregara
el dinero preciso o transfiriera fondos a las cuentas de su
mercantil para tapar los descubiertos, mientras que cuando necesitaba
liquidez dineraria, "fingía la emisión de facturas por no se sabe qué
tipo de conceptos".
A lo que se suma, según la resolución, la "falta de acreditación"
de la efectiva prestación de servicios por parte de Midaldía que
justificase el traspaso de fondos desde Ameba, a pesar de que la empresa
demandada justificó que las transferencias realizadas obedecían a la
compensación de las cantidades que anticipadamente Midaldía había
satisfecho a uno de los hijos de Dalmau por el pago de sus nóminas a
raíz de los servicios que, alegaba, había llevado a cabo en 2006 en la
Agrupación Médica.
Unos argumentos que el tribunal califica de "singulares", al
manifestar que Midaldía no ha aportado prueba documental de que el hijo
de Dalmau trabajara para Ameba, aseverando que no sólo no consta
acreditado que las facturas ficticias obedecieran a la entrega de un
determinado material o a la prestación de servicios, sino que "ni
siquiera argumentalmente se concretan y justifican éstos en el tiempo de
la realización de tales transferencias".
En cuanto a los recibos del IBI, que en conjunto ascendían a la
cantidad de 1.188 euros, correspondían en concreto a una vivienda y a
dos plazas de aparcamiento, cuya titular era la entidad Mirador d'Alt
Marítim, "absolutamente desconocida" para los demandantes, según
pusieron de manifiesto.
La sentencia recoge de este modo los argumentos esgrimidos por
Ameba, cuando sostiene que Dalmau, "prevaliéndose y abusando de su
cargo" al frente de la entidad sanitaria, "fue quien personalmente
diseñó y ordenaba esa irregular operativa de desvío de fondos para fines
y beneficios propios o de sociedades por él administradas y
controladas", una autoría directa que "le hubiera hecho responder
personalmente ante Ameba de semejantes traspasos dinerarios".
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