PALMA.- La Fiscalía Anticorrupción ha mostrado su
conformidad con la petición del expresidente del Govern Jaume Matas de
que le sea suspendida la ejecución de la pena de nueve meses de cárcel
que pesa sobre él, a la espera de que el Gobierno resuelva si le concede
o no el indulto que ha solicitado con el objetivo de evitar su ingreso
en prisión por un delito de tráfico de influencias por el que fue
condenado en el caso Palma Arena, según han informado hoy fuentes de este
procedimiento.
En su informe, el Ministerio Público se ampara en el artículo 4
del Código Penal, proclive a la suspensión de la pena cuando la
finalidad del indulto "pudiera resultar ilusoria", es decir, ante la
posibilidad de que el procesado cumpliese la condena en vano por el
hecho de que el Ejecutivo central decidiera finalmente otorgar al penado
la anterior medida de gracia.
Se da la circunstancia, no obstante, de que el ministro de
Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, adelantó la pasada semana que "a
priori" no aprecia razones de "justicia, equidad o interés público" que
justifiquen la concesión del indulto al exministro, recordando que el
Gobierno "jamás" ha concedido un indulto por tráfico de influencias.
La Fiscalía ha respondido de este modo al trámite concedido por la
Audiencia Provincial de Baleares para que las acusaciones del caso
Palma Arena se pronuncien sobre la petición de Matas, efectuada después
de que la Audiencia denegase sustituir por multa los nueve meses de
cárcel, dejando así al exjefe del Ejecutivo balear la única posibilidad
de solicitar el indulto tras haber agotado ante la justicia balear las
vías de que disponía para evitar su ingreso.
En su petición de indulto, la defensa del expresidente alega que
su encarcelamiento conllevaría "efectos desocializadores" sobre él y "en
nada serviría para conseguir una supuesta reinserción social o
reeducación", finalidad a la que, abunda, deben ir dirigidas las medidas
privativas de libertad.
En el escrito que presentó para solicitar esta medida, la letrada
del exministro y exmagistrada de la Audiencia Provincial de Madrid,
Pilar Gómez Pavón, subraya que su patrocinado "es una persona integrada
en la sociedad, con arraigo familiar, laboral y afectivo", por lo que su
internamiento en la cárcel para cumplir la pena de nueve meses que pesa
sobre él por el primer juicio del caso Palma Arena provocaría que el
acusado se viese "separado" de su entorno más cercano.
Matas ha decidido de este modo acogerse a esta vía de carácter
excepcional, que podrá derivar en la remisión total o parcial de su
condena. En concreto, el indulto lo otorga el Rey a propuesta del
ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Con
la concesión de esta medida de gracia se extingue la responsabilidad
penal pero no cancela, en ningún modo, los antecedentes penales.
El exmandatario autonómico no es el único condenado de esta causa
que ha reclamado el indulto, puesto que también procedió de este modo el
propio Antonio Alemany, quien está condenado por su parte a dos años y
tres meses de cárcel. También el articulista solicitó que se paralizase
la ejecución de su pena a la espera de que el Gobierno se pronuncie
sobre su petición.
La Audiencia, a la hora de denegar la sustitución de los nueve
meses por multa, consideraba "inasumible" para la sociedad que "el
titular de uno de los poderes del Estado en la fecha de los hechos
[durante la legislatura 2003-2007] cometa un delito de tráfico de
influencias", lo que a juicio de la Sala constituye "un delito contra el
Estado de Derecho por parte de quien ha sido presidente de la Comunidad
Autónoma balear, a quien, precisamente por ostentar ese cargo, ha de
exigírsele mayor imparcialidad, objetividad y probidad".
Tanto es así que, subrayaba, "en estos casos más que en ningún
otro los jueces y tribunales, en nuestra labor de defensa del Estado de
Derecho, debemos pronunciarnos contra quienes lo degradan y corrompen,
conduciendo la corrupción de los políticos a la desconfianza de la
sociedad en ellos, debiendo la pena impuesta cumplir una irrenunciable
función de restablecimiento de la confianza de la Comunidad en la
vigencia de la norma infringida por el delito".
No hay comentarios:
Publicar un comentario