PALMA.- El número de trabajadores afectados por
expedientes de regulación de empleo (ERE) autorizados por las
autoridades laborales o comunicados a las mismas (con la reforma laboral
del Gobierno, en vigor desde el 12 de febrero de 2012, ya no hace falta
autorización) se elevaron a 1.219 personas hasta marzo, según los datos
que constan en el Boletín de Estadísticas Laborales del Ministerio de
Empleo.
En concreto, en el primer trimestre del año, los expedientes de
regulación de empleo autorizados/comunicados sumaron 141 en las Islas
Baleares.
Del total de trabajadores afectados por ERE, 312 fueron de
extinción (despidos colectivos), mientras que los de reducción de
jornada se elevaron a 501 empleados.
Así, entre enero y marzo, los ERE de suspensión temporal de empleo
afectaron a otros 406 trabajadores en la Comunidad Autónoma.
A lo largo de 2012, los ERE tramitados en las Islas (2.945)
afectaron a 1.411 trabajadores en el caso de los ERE de suspensión; 944
en casos de reducción de jornada y 590 en extinción de la relación
laboral entre la empresa que presenta el ERE y sus trabajadores.
En 2011, los trabajadores afectados por ERE en las Islas se elevaron a 3.540.
El número de trabajadores afectados por un Expediente de
Regulación de Empleo en las Islas se ha quintuplicado desde que empezó
la crisis económica, pasando de 581 trabajadores afectados por un ERE en
2008 a 2.945 en 2012, un 88% más.
La principal novedad introducida en la reforma del mercado de
trabajo en relación a los ERE es la eliminación de la autorización
administrativa anteriormente exigida para proceder a la realización de
despidos colectivos o de medidas de suspensión de contrato o reducción
de jornada por parte del empresario.
No obstante, la nueva regulación mantiene la necesidad de que se
realice un periodo de consultas con los representantes de los
trabajadores, al tiempo que se establece la intervención de la autoridad
laboral para garantizar la efectividad de dicho periodo de consultas,
pero sin tener ésta carácter decisorio.
La decisión última será, pues, la del empresario, y como en el
caso de los despidos individuales, si no se está de acuerdo, los
trabajadores tendrán que impugnarla por la vía judicial.
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