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lunes, julio 02, 2018

El Gobierno plantea una revolución fiscal para que los autónomos paguen por sus ingresos reales

MADRID.- El Gobierno quiere dar un vuelco a la fiscalidad de los trabajadores autónomos. La ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, ha planteado la necesidad de revisar la cotización de los trabajadores por cuenta propia para ligarla a los ingresos reales que perciben. “No es razonable que un autónomo que tenga unos ingresos en un mes de 150 euros tenga que pagar una cuota de 300 euros”, ha apuntado.

Valerio ha advertido de que algunos autónomos “están sobrecotizando y otros infracotizando”. Y es que mientras algunos no tienen ingresos suficientes siquiera para abonar la cuota mensual, “tres de cada cuatro autónomos están cotizando por debajo de sus ingresos”, ha apuntado antes de participar en el foro Nuevos retos para autónomos y emprendedores, organizado por la Asociación de Trabajadores Autónomos de Madrid (ATA) y el Ilustre Colegio de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM) dentro de los cursos de verano de El Escorial.
“Debería haber un acuerdo para que los autónomos pudiesen cotizar en función de sus ingresos reales” como ocurre con los trabajadores por cuenta ajena, que pagan en función de sus salarios. Además, Trabajo propone que los autónomos puedan pagar sus cotizaciones trimestralmente y aplicar correcciones a lo largo del año, dado que sus ingresos pueden ser muy diferentes entre un mes y otro.
Valerio ha adelantado que su departamento trabaja en un plan de lucha contra la explotación laboral. “Suena a que es algo de países del tercer mundo, pero en este país se están dando casos”, ha indicado.
En un momento de auge de nuevos modelos empresariales, amparados en la etiqueta de economía colaborativa o de gig economy (pequeños encargos esporádicos), la ministra ha apuntado “está genial siempre y cuando no se utilice sólo como eslogan” porque en ocasiones “esconde un abuso al autónomo”. 
“No se debe utilizar la legislación laboral de manera abusiva cuando implica peores condiciones de trabajo”, ha sentenciado.
La ministra de Trabajo  ve “absolutamente intolerable” la proliferación de los falsos autónomos. “Están utilizando a personas que necesitan un empleo y que quieren salir de situación de desempleo ofreciéndoles que coticen como autónomos, para que sean ellos los que adquieran los medios que necesitan para hacer ese trabajo”. 
Valerio ha adelantado que la Inspección de Trabajo intensificará su labor para combatir la proliferación de la figura de los falsos autónomos.

lunes, abril 23, 2018

Presupuestos 2018: cómo afectarán a la pensión

MADRID.- Las pensiones de los trabajadores autónomos son, en líneas generales, la más reducidas del grueso de los pensionistas.  De hecho, la pensión media del autónomo alcanza los 646,30 euros mensuales según establece la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA) y 720,09 euros conforme a lo aportado por el Ministerio de Empleo, una cifra limitada, según recoge infoautonomos.eleconomista.es.

Estas cifras son motivo de reivindicaciones por parte del colectivo y tienen que ver con el incremento de la pensiones contemplado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) 2018 aún a falta de aprobación y puesta en marcha.
¿A cuánto asciende ese incremento en la pensión del autónomo?
Desde la asesoría online de Infoautónomos analizamos la subida y las razones por las que las prestaciones por jubilación de los autónomos son tan estrechas.
El pasado verano nos hacíamos eco de que las intenciones del Gobierno pasaban por un incremento anual en las pensiones del 0,25%, el mínimo establecido por ley. Esta subida básica se mantendría hasta el año 2022 pero las peticiones populares ha obligado al ejecutivo a dar un giro de tuerca en las Cuentas Públicas de 2018 y finalmente el incremento será mayor de lo esperado.
La partida presupuestaria para estas prestaciones sociales alcanza 127.110 millones, un 3,5%  más que en 2017, periodo en que el aumento de las pensiones fue de apenas 0,25%.
El porcentaje de incremento de las pensiones en 2018 queda establecido de la siguiente forma:
  • 3% de incremento en las pensiones mínimas y no contributivas
  • 2% para las pensiones de viudedad
  • 1.5% para pensiones por debajo de 700 euros mensuales
  • 1% para pensiones entre 700 y 800 euros mensuales
Como ya hemos indicado, la pensión media del autónomo no alcanza los 700 euros, por tanto, según lo indicado con anterioridad,  el incremento estimado para estas pensiones es del 1,5% . Este aumento revalorizará diez euros mensuales la cuantía de la pensión.
Sin embargo, la subida se queda corta; una gran parte de los autónomos seguirán cobrando una pensión tan estrecha que no alcanza los 735 euros del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Si tomamos como referencia la aportación de UPTA,  la pensión media del autónomo pasará de los 646,30 euros actuales a 655,99 euros.
El menor de los incrementos previstos, el del 1% se aplicará sobre las pensiones entre 700 y 800 euros.
La pensión media del autónomo varía entre los 640 y 720 euros en función de la fuente de información y el periodo establecido.
Sin embargo, en lo que no hay variación es en la brecha existente entre la pensión del autónomo y el asalariado que llega a ser de 500 euros.  Esta diferencia abismal es uno de los principales motivos por lo que el trabajador por cuenta propia continúa cotizando tras alcanzar la edad de jubilación en lo que se conoce como jubilación activa.
La falta de un sistema de cotización ajustado a los ingresos reales da lugar a que el 80% de los autónomos esté cotizando, hoy por hoy, por la base mínima lo que redunda en unas coberturas sociales muy limitadas, especialmente la pensión del autónomo que es irriosoria si  el trabajador siempre ha cotizado por la base mínima.
Desde Infoautónomos recomendamos optar por cotizaciones superiores a la mínima cuando los resultados de la actividad económica lo permitan y muy fundamentalmente conforme el autónomo se aproxime a la edad de jubilación.

sábado, abril 14, 2018

Las posibles multas para las empresas por contratar falsos autónomos

MADRID.- En España hay más de 200.000 trabajadores que ejercen como falsos autónomos, según datos recopilados por Uatae en 2017. Esta figura corresponde a las personas que prestan sus servicios a una empresa, como un empleado de plantilla más, pero dada de alta como trabajador por cuenta propia, según elEconomista.

De esta forma, el empresario se ahorra el coste social del contrato, que asciende de media a 450 euros al mes para un empleado a jornada completa, y paga solo la cotización del autónomo, de 267 euros. Una medida económica pero ilegal. "Si tú eres autónomo no recibes órdenes, gestionas tu propio trabajo y tus horarios. El falso autónomo tiene un horario fijo y está bajo las órdenes de otras personas", explica Alicia Carrascal, colaboradora de Easyoffer, plataforma online de abogados.
Si una inspección de trabajo detecta un contrato irregular de este tipo, la empresa se enfrenta a multas de entre 3.000 y 10.000 euros, según establece el Artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que recoge las posibles sanciones. Además, al empresario se le puede exigir abonar las cuotas de la Seguridad Social por ese trabajador con carácter retroactivo, y con un recargo que puede llegar hasta el 150%.
Según la gravedad del fraude se podría incurrir en un delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social que implicarían penas de prisión. A partir de los 50.000 euros podría darse esta situación, aunque es necesario que un abogado especialista examine cada caso, pues entran en juego muchas particularidades y condicionantes. También varían mucho las penas, pero la Ley contempla supuestos que pueden superar los cinco o seis años de cárcel en muchos casos.
Para el falso autónomo no existen sanciones, ya que se considera que es la víctima -y no cómplice- en la relación, y de facto es esta persona la que debido a su situación está perdiendo derechos y haciéndose cargo de unos costes laborales -la cuota de autónomo- que no le corresponden. Es el eslabón débil de la cadena y la Inspección busca protegerlos y no castigarlos.
Una empresa que ya cuenta con falsos autónomos y que pretende regularizar su situación no lo tiene fácil, ya que es un proceso complicado. Si aún así decide afrontar el problema y dar el paso, se arriesga a que el trabajador le exija las cotizaciones anteriores no abonadas.
No es el único obstáculo. También deberá justificar su comportamiento hasta el momento, y mostrar su firme voluntad de que no se repetirá este modo de proceder. "Una vez que empiezas a componer tu plantilla con falsos autónomos, es difícil dar marcha atrás, salvo que la relación con esos empleados sea estrecha y de confianza", concluye la experta de Easyoffer.
Para tratar de mitigar este problema, el Gobierno aprobó la semana pasada en el Consejo de Ministros el plan estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2018-2020, que refuerza las inspecciones laborales.
Entre otras cosas, el plan incluye la supervisión de la economía de plataformas y actuaciones específicas en relación con falsos autónomos, becarios y prácticas no laborales, así como formación para el empleo.

viernes, abril 13, 2018

Renta 2017: Gastos deducibles sin factura para el autónomo

MADRID.- En pleno proceso de IRPF 2018 el trabajador autónomo debe conocer todos los gastos deducibles que puede contabilizar para que tu tributación sea más rentable. Muchos autónomos caen en el error de dejar de incluir una serie de compras o servicios relacionados con su actividad, simplemente porque no tienen factura para justificarlos. Pero hay determinados gastos que se puede deducir sin factura en esta Renta 2017.

Renta 2017 gastos deducibles

Los gastos deducibles son aquellas pequeñas inversiones que realiza en compras de bienes o servicios que son necesarias para el desarrollo de su actividad económica. Son deducibles en la medida en que minoran los ingresos de su negocio, dando lugar a que pague menos impuestos.
Pero ¡ojo! Lo primero que debe saber es que para que un gasto sea considerado como deducible a efectos del IRPF tiene que cumplir con determinados requisitos:
  • Estar vinculado a la actividad económica realizada por el autónomo.
  • Estar convenientemente justificado mediante las correspondientes facturas y, este es el quid de la cuestión, también con recibos o tiques.
  • Estar registrado contablemente por el autónomo en sus correspondientes libros de gastos e inversiones.
Precisamente es ese segundo punto el que abre un abanico de posibilidades para que su tributación sea lo más rentable, o lo menos costosa, posible. Y es que, en líneas generales, cuando hablamos de deducciones, la normativa del IRPF es más permisiva que la del IVA, el otro gran impuesto al que tiene que hacer frente el autónomo.

Renta 2017 Gastos deducibles sin factura

  1. Pólizas de seguros: si tiene un seguro médico, o de responsabilidad civil, solo necesitará el cargo bancario para que quede justificado el pago. Eso si, está muy atento a que conste en ese “recibo bancario” el número de póliza y esté él identificado como beneficiario.
  2. Cuota de autónomo: del mismo modo tendrá que justificar el pago de la cuota de autónomos, es fácil no recordar que se trata de un pago deducible. Recuerde también las cuotas de los colegios profesionales.
  3. Salarios y seguros sociales: de los trabajadores de su plantilla. Tendrá que presentar las nóminas firmadas por los empleados o el justificante del banco.
  4. Gastos bancarios: no emiten facturas pero son deducibles los gastos derivados del mantenimiento de las tarjetas de crédito, comisiones por mantenimiento de la cuenta…
  5. Gastos realizados en países extranjeros: de los bienes que haya comprado para el desarrollo de su actividad. En este caso necesitará recibos o tiques para justificarlos.
  6. Gastos de contratos mercantiles: como lo son los derivados de los contratos privados y las escrituras públicas. Hablamos, por ejemplo, de traspasos o fianzas de alquiler.
  7. Determinados impuestos: aquellos que formen parte de la actividad económica del autónomo, como las tasas relacionadas con su negocio.

lunes, abril 02, 2018

El pobre paro de los autónomos: inferior al salario mínimo y al umbral de la pobreza

MADRID.- El subsidio de desempleo de un autónomo que cesa en su actividad y cierra su negocio supera en menos de dos euros a la pensión de jubilación que le espera al que se retira, 720,56 euros por 718,75 euros: por debajo del salario mínimo en ambos casos (735,90 mensuales), y también inferior al umbral de la pobreza (9.601 anuales) en el del paro, que solo cubre doce mensualidades. Cuando llega a doce, ya que la duración media de la prestación no llega a los diez meses (9,65), recuerda hoy Público.

Son dos de las principales conclusiones que ofrece el informe anual de AMAT, la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo, sobre la gestión de la prestación del CATA (Cese de la Actividad de Trabajadores Autónomos), cuyos seis años de vigencia han supuesto para el Estado una ganancia neta de alrededor de 800 millones.
El informe también explica cómo más de la mitad de las solicitudes son rechazadas y cómo el volumen de peticiones se redujo en 600 con respecto al año anterior. Concretamente, las mutuas desestimaron el año pasado 1.787 de las 3.310 peticiones resueltas (54%, con otras 368 en trámite), a las que se sumaron 255 de las 354 que fueron recurridas.
Otros 156 autónomos desistieron o vieron cómo las mutuas anulaban sus expedientes al considerar que no habían entregado toda la documentación que les requerían, que fue también la causa del 84,3% de las desestimaciones -“no acreditar correctamente el cese en la actividad, de acuerdo con los requisitos de la normativa reguladora de la prestación”. El resto se reparten entre no tener cubierto el periodo mínimo de cotización (56) o tener cuotas pendientes de pago (44), algo que regularizó la mitad de los afectados.
Pese a lo bajo del nivel de aceptación de solicitudes de cese de actividad, en realidad se ha disparado con las 1.616 del pasado ejercicio tras comenzar con un 21% en el primer ejercicio de aplicación, en 2011, y tardar dos años en superar el 25%.

Ceses de actividad por violencia machista y por divorcio

Poco más de 540.000 de los 3,2 millones de autónomos añaden a su cuota el 2,2% de la base que da derecho al subsidio por cese de actividad, lo que supone 20,23 euros mensuales en el caso de la base mínima (919,80 euros) por la que cotiza el 85% del colectivo.
Ese pago da derecho, tras un mínimo doce meses de aportación y antes de la edad de jubilación, a recibir entre dos y doce meses un subsidio de 643,86 euros (el 70% de la base) a 1.096,60 euros (1,75 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples o Iprem), siempre que se cumplan una serie de requisitos que incluyen el compromiso de realizar, mientras se recibe la prestación, actividades formativas y de orientación profesional, así como las de promoción de la actividad emprendedora que pueda convocar el Servicio Público de Empleo.
El grueso de los ceses de actividad, con un peso superior al 75%, se deben a motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos, causas de fuerza mayor y la pérdida de licencias administrativas para el negocio que se explotaba.
Algo más del 20% de los ceses (361) corresponden a Trade (autónomos dependientes), mientras que “en nueve ocasiones, la causa por la que se reconoció el derecho a la prestación fue divorcio o separación, y en cinco expedientes la causa derivaba de violencia de género”, señala el informe. La legislación contempla como una vía de acceso al subsidio por cese de actividad las situaciones de violencia machista y de ruptura matrimonial que conllevan la pérdida de su medio de vida para la víctima.

“Hemos de pasar a hacerlo obligatorio”

“El sistema del CATA está bien estructurado, pero hay que mejorarlo”, sostiene el secretario general de UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), Eduardo Abad, quien considera que “hemos de pasar de algo voluntario a algo obligatorio, como ocurre en el régimen general de los trabajadores por cuenta ajena”.
En este sentido, destaca que la cifra de autónomos que cotiza para cubrir su eventual cese de actividad no llega a suponer la quinta parte del colectivo. “Cuantos más cotizantes haya mayor será el ingreso; eso permitirá ampliar tanto la cuantía como la duración y, por lo tanto, mejorar la protección de quienes tienen situaciones de mayor debilidad”, sostiene.
Sin embargo, las reformas normativas apuntan en otro sentido. El hecho de que el pasado mes de junio dejara de ser una cotización obligatoria para los Trade provocó un descenso de las aportaciones.

Las mutuas, más restrictivas que la Administración

Por otro lado, llama la atención la diferencia entre los resultados del sistema de mutuas, que gestiona el 92,7% de las solicitudes, y el de la Administración, que tramita el resto: un 41,41% de aprobaciones frente a un 65,16%, ya que los Servicios de Empleo “resolvieron favorablemente 187 solicitudes de un total de 287”.
El informe señala que el cese de actividad, en el que el presupuesto de cotizaciones para 2017 se elevaba a 132 millones de euros, con 109 recaudados en los primeros diez meses, volvió a salirle rentable al sistema, ya que los pagos no alcanzaron los 18 millones de euros.
Por una parte, “el importe teórico estimado de las prestaciones reconocidas a abonar por las mutuas, en el ejercicio 2017, ascendería a 11.235.046 euros, lo que supone un descenso interanual del 0,61%”. Y, por otra, las cotizaciones de esos autónomos que cesaron en su actividad se situó, con una media de 321 euros mensuales, en 5.019.070. Eso hace un total de 16,2 millones a los que hay que añadir 1,2 gestionados por la Administración.
La cuantía media del subsidio más la cotización se situó en 1.042,46 euros, con el registro más elevado en Segovia (1.362,64) y el mínimo en Palencia (782,05), mientras que los extremos de la duración se localizaron en esa última provincia, con 5,2 meses, y en Zaragoza (11,57).

La dejadez de las comunidades

UPTA, que mostró su malestar por “el escaso resultado que este sistema está ofreciendo para los autónomos cotizantes que necesitan esta prestación”, insistió en denunciar el “escaso interés” de las comunidades autónomas por gestionar los nueve millones de euros (1,3 de 2017) acumulados para acciones de formación y reinserción laboral de autónomos desde que se puso en marcha el sistema.
“Ninguna comunidad autónoma ha solicitado al Ministerio de Empleo que le transfieran la cantidad que le corresponde” de ese 1% de recaudación, señaló Abad, que criticó cómo “esto se viene repitiendo año tras año” sin que ninguna administración se preocupe de “tratar un tema tan complejo como el de reincorporar al mercado laboral a personas que han perdido su negocio”.
La organización ha solicitado a la Dirección General de Trabajo Autónomo que el Ministerio de Empleo, incluya este asunto en la próxima conferencia sectorial con las comunidades autónomas.