miércoles, septiembre 04, 2013

El TSJB decidirá en los próximos días si suspende el TIL de forma cautelar

PALMA.- El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) decidirá en próximos días si acuerda la suspensión cautelar del Decreto para el Tratamiento Integrado de Lenguas en los Centros Docentes no Universitarios (TIL) aprobado por el Govern, después de que así lo hayan solicitado dos de los sindicatos que recurrieron la nueva normativa. 

   Así lo han informado hoy fuentes de la máxima instancia judicial de las islas, que han precisado que será la Sala de lo Contencioso-Administrativo la que deberá pronunciarse en breve -antes de que empiece el curso-, mediante dos autos, sobre la petición de ambas entidades sindicales.
   Los sindicatos solicitan que mientras se dicta sentencia acerca de la legalidad o no del TIL, se suspenda cautelarmente su aplicación prevista para este curso y que ya ha provocado la convocatoria de una huelga indefinida a partir del próximo 13 de septiembre por parte del STEI y de CCOO y de la que ya se han desmarcado los sindicatos UGT y ANPE.
   En concreto, los sindicatos centran su petición en el anexo del decreto 15/2013, de 19 de abril, que contempla la aplicación práctica de la normativa, con su calendario y los cursos en los que está prevista su implantación.
   Así, según el anexo del TIL, la implantación del nuevo modelo de tratamiento de la lengua extranjera se podrá prever de forma progresiva, de acuerdo con los recursos de los que disponga cada centro y con el calendario especificado en el anexo.
   Según especifica, el inicio de la implantación para el curso 2013-2014 está prevista como mínimo en el primer curso de segundo ciclo de Educación Infantil; en primero, tercero y quinto de Educación Primaria; en el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria (ESO); en Bachiller -en función de los recursos del centro-; en los niveles 1 y 2 de Formación Profesional y en el nivel 3 de acuerdo con los currículum establecidos en la normativa vigente.
   Tal y como promulga el anexo del decreto, el tratamiento de la lengua extranjera y la metodología correspondiente establecidos en el proyecto de cada centro deben estar totalmente implantados en el curso 2017-2018.
   El artículo 4 del TIL establece que su finalidad pasa por conseguir que los alumnos de las islas adquieran el dominio de las dos lenguas oficiales del archipiélago y las competencias adecuadas en la lengua extranjera del proyecto educativo del centro. Preferentemente, precisa, la primera lengua extranjera debe ser el inglés.
   De este modo, según el artículo 17, el decreto, como parte del proyecto educativo de cada centro, debe tener como objetivo fundamental el conseguir que todos los alumnos del mismo alcancen, al finalizar el periodo de escolarización obligatoria, la competencia lingüística en las lenguas oficiales y al menos en una extranjera, preferentemente la inglesa.

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